ayudas leader 2022

presentación de solicitudes

Hasta el 23 de diciembre de 2022.

Beneficiarios

a) Promotores públicos: proyectos ejecutados por personas de derecho público: Ayuntamientos, Mancomunidades, Entidades Locales Menores, Sociedades o Asociaciones de derecho privado formadas mayoritariamente por personas de derecho público o que disponen de la mayoría de derechos de los votos o de capacidad efectiva de decisión.

– Entidades de derecho público de base asociativa privada (comunidades de regantes, consejos reguladores de las indicaciones de calidad, …)

– Entidades públicas de carácter local, con ámbito territorial inferior al provincial.

b) Promotores privados: proyectos ejecutados por personas de derecho privado

– Autónomos y personas físicas En el caso de autónomos, deberán acreditar su alta en el epígrafe correspondiente con anterioridad a la fecha establecida en la resolución de concesión para la finalización de las operaciones.

– Sociedades Mercantiles, Sociedades Agrarias de Transformación, Cooperativas, Sociedades Laborales, Fundaciones y Asociaciones, así como cualquier otra entidad, asociativa o societaria, con personalidad jurídica. También podrán solicitar ayudas aquellas entidades que estén en fase de constitución, siempre y cuando adquieran la personalidad jurídica con anterioridad a la fecha establecida en la resolución de concesión para la finalización de las operaciones.

– Comunidades de bienes u otras entidades de tipo comunal, que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las inversiones o actividades que motivan la concesión de la subvención. En estos casos, los comuneros nombrarán un representante o apoderado único y en un documento que se incorporará al expediente, manifestarán sus respectivas participaciones en la cosa común y asumirán su responsabilidad solidaria en las obligaciones derivadas de la ayuda.

Información

www.adcnordeste.es

C/ Doctor Fleming, 1, bajo – Tlf. 968753081

Convocatoria de ayudas LEADER 2022
03/11/2022
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