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Factura electrónica

FACe Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas

Con motivo de lo establecido en la Ley 25/2013, a partir del 15 de enero de 2015 las facturas emitidas por personas jurídicas dirigidas al Ayuntamiento de Yecla por cualquier importe, deberán ser con formato electrónico (Base 28 de Ejecución del Presupuesto municipal 2022).
Para los proveedores que sean personas físicas, este sistema es voluntario aunque recomendable.
Esta obligación afecta a los proveedores del Ayuntamiento de Yecla.
El Ayuntamiento de Yecla está adherido al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado, cuyo portal web es www.face.gob.es, a través del cual se podrán presentar las facturas electrónicas.
Dicho portal permite a los proveedores:
– Remisión de facturas en formato electrónico.
– Consulta del estado de las facturas presentadas.
– Descarga de una aplicación informática de generación de facturas electrónicas en formato Facturae.
– Solicitar la anulación de una factura ya enviada.

Procedimiento para que las facturas electrónicas emitidas por los proveedores puedan presentarse al Ayuntamiento de Yecla:

1º.- Crear la factura electrónica. 

Hay dos formas de hacerlo:
a) Mediante un programa informático que cree facturas electrónicas. El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha desarrollado la aplicación Gestión de Facturación Electrónica que permite la generación de facturas electrónicas con formato Facturae de una manera cómoda y sencilla. Realizado con software abierto, se trata de un programa especialmente dirigido a PYMEs, microPYMEs y trabajadores autónomos. Se puede descargar en www.face.gob.es
NOTA: Si al tratar de dar de alta un receptor en la aplicación gratuita de gestión de facturas electrónicas le tarda mucho en responder y le aparece un icono de carga en medio de la pantalla, siga las instrucciones del siguiente manual para dar el alta del receptor:
El formato de las facturas electrónicas es correspondiente a versión 3.2/3.2.1/3.2.2, y puede hacerse:
b) Mediante la intermediación de un prestador de servicios de facturación electrónica (expedición por un tercero).
El proveedor necesitará disponer de un certificado electrónico reconocido para la firma electrónica de las facturas e identificar el órgano destinatario final, para lo cual deberá incluir en los campos correspondientes de la factura electrónica los códigos siguientes, que corresponden a los códigos de las unidades FACe que les serán requeridos, y que para el Ayuntamiento de Yecla son:
– Oficina contable: L01300434 Registro de facturas
– Órgano gestor: L01300434 Concejalías
– Unidad tramitadora: L01300434 Servicios Generales

2º.- Envío de la factura electrónica.

El envío de la factura electrónica se realizará a través de Internet, a través del portal web del Punto General de Entrada de las Facturas Electrónicas www.face.gob.es.
El Punto General de Entrada de las Facturas Electrónicas permite también conocer el estado de tramitación de sus facturas.
Muy importante: el envío de la factura electrónica al punto general de entrada producirá su registro automático en un registro electrónico administrativo, satisfaciendo así la obligación de que todas las facturas dirigidas a las AA.PP. tengan que registrarse en un registro administrativo.
Las obligaciones de conservación de las facturas electrónicas serán las mismas que si se hubiera tratado de una factura en papel.

FICHA DE TERCEROS

17/11/2023
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